El incremento del 20 % anual de la prima de localización para empleados del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) desconoce el principio de movilidad salarial, en razón a su desproporción frente a la realidad económica del país y, especialmente, frente a los índices de inflación actuales.

Se concluye que el incremento del 20% anual de la prima de localización para empleados del SENA desconoce el principio de movilidad salarial, en razón a su desproporción frente a la realidad económica del país y, especialmente, frente a los índices de inflación.

Corte Constitucional, Comunicado, Sentencia C-408/21